Calculadora rentabilidad alquiler 2026 con IRPF (RDL 26/2026)

Contratos de vivienda firmados después del 1/12/2026: si subes la renta más de un 20 %, la reducción del IRPF baja al 15 % (hoy, 50 %).

¿Te afecta? Sí, si eres casero particular (no gran tenedor) y firmas un nuevo contrato de alquiler de vivienda después del 1/12/2026. Los contratos firmados hasta esa fecha mantienen el 50 % general (DT 38.ª LIRPF).

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Reducción 25 %: 419,95 € más de IRPF al año

Reducción art. 23.2 LIRPF (nuevo contrato)25 %
IRPF de más al año por la subida de renta419,95 €
Variación de la renta frente al contrato anterior+11,11 %
IRPF del alquiler con la nueva escala1.259,85 €
IRPF del alquiler con la reducción de comparación839,90 €
Ingresos anuales por alquiler12.000,00 €
Coste total de la inversión220.000,00 €
Rentabilidad bruta5,45 %
Amortización deducible (3 % de la construcción)3.960,00 €
Rendimiento neto antes de reducción4.540,00 €
Beneficio neto anual tras gastos e IRPF7.240,15 €
Rentabilidad neta tras IRPF3,29 %

Todo se calcula en tu navegador; no se envía nada. Si rebajas la renta más de un 5 % se aplica el 70 %; en zona tensionada, con inquilino de 18 a 35 años o renta bajo el índice de referencia puede subir al 85–100 % (tabla de abajo).

Versión completa — $21 una vez: la hoja Excel con las 12 fórmulas vivas que guardas, una copia por vivienda, con la tabla de tramos y la fecha del cálculo para tu gestor. Obtener la hoja

Escala del art. 23.2 LIRPF tras el RDL 26/2026

Por qué no te sirve otra calculadora: casi todas aplican un 60 % o un 50 % fijo, y desde el Real Decreto-ley 26/2026 el porcentaje depende de cuánto subes la renta respecto al contrato anterior.

Renta rebajada más de un 5 % (restantes casos)70 %
Rebaja de más de un 5 % + inquilino de 18 a 35 años / zona tensionada / ambos85 % / 90 % / 95 %
Rebaja de más de un 5 % con el mismo inquilino tras 5 años, o renta bajo el índice100 %
Renta inicial no superior a la anterior50 %
Subida hasta 5 % · hasta 10 % · hasta 15 % · hasta 20 % · más de 20 %40 · 30 · 25 · 20 · 15 %
Prórroga tácita con renta no superior al índice de referencia80 %

Fuente: art. 23.2 y disposición transitoria 38.ª de la Ley 35/2006 del IRPF, redacción del Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre (BOE 30/09/2026, en vigor el 01/10/2026). El Congreso debe convalidarlo en los 30 días siguientes a su promulgación (art. 86.2 CE). Las reducciones solo se aplican si declaraste el rendimiento antes de una comprobación de Hacienda.

Consigue la versión completa $21

La hoja Excel (.xlsx) con las 12 fórmulas vivas que te quedas: una copia por vivienda, con la tabla de tramos del art. 23.2 citada al BOE, para guardar el cálculo fechado de cada contrato y enviárselo a tu gestor o adjuntarlo a la declaración.

Un solo pago, una clave de licencia para esta herramienta. La clave aparece justo después del pago.

Art. 23.2 LIRPF (redacción del RDL 26/2026, BOE 30/09/2026): nuevo contrato con renta subida hasta un 5 % = 40 %, hasta un 10 % = 30 %, hasta un 15 % = 25 %, hasta un 20 % = 20 %, más de un 20 % = 15 %; misma renta = 50 %; rebaja

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Calculadora rentabilidad alquiler 2026 con IRPF (RDL 26/2026)

Un casero sube la renta de 900 € a 1.000 € al firmar un contrato nuevo. Con un rendimiento neto de 4.540,00 € y un tipo marginal del 37 %, paga 1.259,85 € de IRPF por ese alquiler, frente a 839,90 € con la reducción del 50 %. Son 419,95 € más cada año que dure el contrato.

La causa es el Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, publicado en el BOE el 30/09/2026 y en vigor desde el 01/10/2026. Cambia el apartado 2 del artículo 23 de la Ley del IRPF, la reducción del rendimiento neto del alquiler de vivienda.

Hasta ahora, el casero particular aplicaba una reducción general del 50 %. Con la nueva redacción, en un contrato nuevo del mismo arrendador que no sea gran tenedor, el porcentaje depende de cuánto cambia la renta frente al contrato anterior. Si la mantienes, 50 %. Si la subes hasta un 5 %, 40 %. Hasta un 10 %, 30 %. Hasta un 15 %, 25 %. Hasta un 20 %, 20 %. Por encima del 20 %, solo el 15 %. Si la rebajas más de un 5 %, el 70 %, y del 85 % al 100 % si además hay inquilino de 18 a 35 años, zona tensionada o renta bajo el índice de referencia.

¿Desde cuándo te afecta? La disposición transitoria 38.ª dice que los contratos firmados entre la Ley 12/2023 y el 1/12/2026 siguen con la redacción vigente a 31/12/2025, es decir, el 50 % general. Los anteriores a la Ley 12/2023 conservan el 60 %. La nueva escala es para los contratos que firmes después del 1/12/2026. Por eso conviene hacer la cuenta antes de fijar la renta del próximo contrato, no al preparar la declaración de la renta, cuando el contrato ya está firmado y el tramo ya no se puede cambiar.

Las calculadoras de rentabilidad que circulan aplican un 60 % o un 50 % fijo. Ninguna pregunta por la renta anterior, que ahora es el dato que decide el tramo. Con una subida de más del 20 %, el 85 % del rendimiento neto tributa a tu tipo marginal.

La calculadora gratuita pide siete datos tuyos y una reducción de comparación: precio de compra, gastos de compra, el porcentaje de construcción que figura en el recibo del IBI, la renta anterior, la renta nueva, los gastos deducibles del año y tu tipo marginal. Con ellos calcula doce resultados: ingresos anuales, coste total, rentabilidad bruta, amortización del 3 % sobre la construcción, rendimiento neto, variación de la renta, porcentaje de reducción, IRPF con la nueva escala, IRPF con la reducción de comparación, IRPF de más, beneficio neto y rentabilidad neta.

Con el mismo piso, el resultado cambia con la renta. A 900 € la reducción es del 50 % y el IRPF, 617,90 €. A 1.000 €, el 25 % y 1.259,85 €. A 850 €, el 70 % y 304,14 €.

Dos avisos. Las reducciones solo se aplican si declaraste el rendimiento antes de que Hacienda abra una comprobación. Y un real decreto-ley debe ser convalidado por el Congreso en los 30 días siguientes a su promulgación (art. 86.2 de la Constitución).

La calculadora es gratis en el navegador y no envía tus datos. La versión de pago es la hoja Excel con las 12 fórmulas vivas, la tabla de tramos citada al BOE y una casilla para la fecha del cálculo: una copia por vivienda para tu gestor.

15 segundos — lo que hace de verdad

Preguntas frecuentes

¿Qué calcula exactamente?

Calcula la rentabilidad bruta y neta de tu piso alquilado y el IRPF del rendimiento con la reducción del art. 23.2 LIRPF que te corresponde según cuánto subes la renta frente al contrato anterior: 40 %, 30 %, 25 %, 20 % o 15 % si la subes, 50 % si la mantienes y 70 % si la rebajas más de un 5 %.

¿Para quién es?

Para el casero particular que no es gran tenedor y va a firmar un contrato de alquiler de vivienda después del 1/12/2026. Los contratos firmados hasta esa fecha mantienen la reducción del 50 % (60 % si son anteriores a la Ley 12/2023), según la disposición transitoria 38.ª de la Ley del IRPF.

¿Por qué no me sirve una calculadora gratuita?

Las calculadoras de rentabilidad que circulan aplican una reducción fija del 60 % o del 50 %. Desde el RDL 26/2026 el porcentaje depende de la variación entre la renta anterior y la nueva, así que con una subida de más del 20 % el 85 % del rendimiento neto tributa y la cifra fija se queda corta.

¿Qué es gratis?

La calculadora web completa: metes tus 7 datos (precio, gastos de compra, % de construcción, renta anterior, renta nueva, gastos anuales y tipo marginal) y ves los 12 resultados en el navegador, sin registrarte. Lo que se paga es la hoja Excel con las fórmulas vivas que guardas por vivienda.

¿Cuánto me cuesta equivocarme?

En el ejemplo de la página, un rendimiento neto de 4.540,00 € con un tipo marginal del 37 %: subir la renta de 900 € a 1.000 € deja la reducción en el 25 % y el IRPF en 1.259,85 € al año, frente a 839,90 € con la reducción del 50 %. Son 419,95 € más cada año del contrato.

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