Modelo 202 de octubre y diciembre: 40.2 frente a 40.3 con los tipos 2026 (19/21 %, 23 %, 25 %)
| Modalidad que te toca | — | |
|---|---|---|
| Tipo de gravamen 2026 | — | |
| Porcentaje 40.3 | — | |
| Pago con 40.2 (18 %) | — | € |
| Pago con 40.3 | — | € |
| Importe a ingresar | — | € |
| Diferencia 40.2 − 40.3 | — | € |
| Plazo | — | |
| Qué hacer | — |
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Modelo 202 de octubre y diciembre: 40.2 frente a 40.3 con los tipos 2026 (19/21 %, 23 %, 25 %)
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Una SL española con 850.000 € de cifra de negocios que no optó por el 40.3 en febrero ingresará 5.400 € en el Modelo 202 de octubre de 2026, cuando con la base real del año le tocarían 2.600 €: 2.800 € adelantados de más.
Este texto es para administradores de sociedades limitadas, contables internos y gestorías que presentan el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades entre el 1 y el 20 de octubre de 2026.
Cómo salen esas cifras
El artículo 40 de la Ley 27/2014 ofrece dos modalidades. La del apartado 2 toma la cuota íntegra del último ejercicio declarado, menos deducciones, bonificaciones y retenciones, y le aplica el 18 %. En el ejemplo, la cuota neta de 2025 fue de 30.000 €, así que el pago es 18 % × 30.000 € = 5.400 €. Da igual que 2026 vaya peor: la base es el pasado.
La del apartado 3 mira el presente: la base imponible de los 9 primeros meses de 2026. En el ejemplo son 20.000 €. El porcentaje es cinco séptimos del tipo de gravamen, redondeado por defecto. Y aquí está el error más repetido: el 17 % solo sale con el tipo general del 25 %.
Los tipos de 2026
La disposición transitoria cuadragésima cuarta de la ley fija para los periodos que empiezan en 2026 una escala para entidades con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros: 19 % hasta 50.000 € de base y 21 % el resto. Cinco séptimos de 19 son 13,57, que se redondea a 13 %; cinco séptimos de 21 son 15 %. Por eso el pago 40.3 del ejemplo es 13 % × 20.000 € = 2.600 €.
Para las entidades de reducida dimensión, por debajo de 10 millones, el tipo de 2026 es el 23 % y el porcentaje, 16 %. Por encima de 10 millones, la disposición adicional decimocuarta cambia la regla: diecinueve veinteavos del 25 %, redondeado por exceso, es decir 24 %, y un mínimo del 23 % del resultado contable positivo del periodo.
La trampa del calendario
El 40.3 no se elige en octubre. Si la cifra de negocios no supera 6 millones de euros, la opción se ejerce en la declaración censal durante el mes de febrero y vincula para todo el año. Quien no marcó la casilla en febrero de 2026 paga octubre y diciembre con el 40.2. Por encima de 6 millones, el 40.3 es obligatorio.
El dinero adelantado no se pierde, pero se inmoviliza. Vuelve al presentar el Modelo 200 en julio de 2027 y, si sale a devolver, la Agencia Tributaria dispone de 6 meses desde el fin del plazo de declaración para la liquidación provisional (artículo 127).
Otro detalle de fechas: el plazo de diciembre de 2026 no acaba el 20, que cae en domingo, sino el lunes 21.
Tres casos con la misma herramienta
Microempresa sin opción, octubre: 40.2 = 5.400 €, 40.3 = 2.600 €.
Empresa de 4,2 millones que sí optó: base de 180.000 €, retenciones de 1.500 € y 9.000 € ya pagados en abril. El 40.3 da 16 % × 180.000 € − 1.500 € − 9.000 € = 18.300 €, frente a 10.800 € con el 40.2. Le conviene renunciar en febrero de 2027.
Gran empresa de 12 millones, diciembre: base de 900.000 €, resultado contable de 1.200.000 € y 90.000 € ya pagados. El 24 % daría 126.000 €, pero el mínimo del 23 % del resultado obliga a 186.000 €.
Qué hace la calculadora
Extensión gratuita para Chrome, Edge y Firefox, también en la web. Escribes el pago, si optaste en febrero, la cifra de negocios, la cuota del año pasado, la base acumulada, retenciones, pagos previos y resultado contable. Devuelve 9 cifras: modalidad, tipo 2026, porcentaje 40.3, pago 40.2, pago 40.3, importe a ingresar, diferencia, plazo y qué hacer en febrero de 2027. Los cálculos no salen del navegador.
La versión completa exporta los pagos del año a .csv y programa un aviso antes del día límite.
Calcula el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades de 2026 en las dos modalidades del artículo 40 LIS: el 18 % de la cuota del último ejercicio (40.2) y el porcentaje sobre la base acumulada (40.3) con los tipos de 2026. Te dice cuál te toca, cuánto ingresar, la diferencia entre ambas y el plazo de abril, octubre o diciembre.
Para administradores de sociedades limitadas españolas, contables internos y gestorías que presentan el Modelo 202 en octubre y diciembre de 2026. Sirve a microempresas con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, a entidades de reducida dimensión por debajo de 10 millones y a grandes empresas con el pago mínimo del 23 % del resultado contable.
El 17 % del 40.3 solo vale con el tipo del 25 %. En 2026 una SL con INCN inferior a 1 M€ tributa al 19 % y 21 %, así que su pago es 13 % hasta 50.000 € y 15 % el resto; con menos de 10 M€ el tipo es 23 % y el pago 16 %. Además el 40.3 solo se aplica si optaste en febrero.
Gratis, en la extensión y en la web, sin clave: las 9 cifras del cálculo (modalidad, tipo 2026, porcentaje 40.3, pago 40.2, pago 40.3, importe a ingresar, diferencia, plazo y consejo). La versión completa, $60 una vez, exporta los tres pagos de 2026 a .csv con su cálculo y activa un aviso antes del día límite.
Una gestoría online publica tarifas para una SL desde 150 € al mes (Billeo, precios 2026), con el Modelo 202 incluido entre otros modelos. Esta extensión no sustituye a tu asesor: calcula gratis las dos modalidades para que llegues a la reunión con el número y detectes si el 40.2 te obliga a adelantar dinero de más.
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