Recargo por declaración extemporánea (art. 27 LGT)

Art. 27 LGT: 1 % + 1 % por mes completo, reducción del 25 % e intereses de demora al 4,0625 %

Meses completos de retraso—meses
Recargo aplicable—%
Recargo—€
Reducción del 25 %—€
Intereses de demora—€
Total si presentas hoy—€
Sanción mínima del 50 % (art. 191 LGT)—€
Total si esperas al requerimiento—€
Total en tu caso—€
Ahorro por adelantarte—€
Escalera del art. 27 LGT
Aplica 1 % más 1 % por cada mes completo de retraso y el 15 % fijo una vez transcurridos 12 meses, en lugar de la tabla 5-10-15-20 % derogada por la Ley 11/2021.
Reducción del 25 % del recargo
Descuenta la reducción del 25 % del art. 27.5 LGT cuando el recargo se ingresa en el plazo voluntario abierto por la notificación.
Recargo frente a sanción del 50 %
Compara presentar hoy sin requerimiento con la sanción mínima del 50 % de la cuota del art. 191 LGT si la AEAT requiere primero.
Intereses de demora
Calcula los intereses de demora sólo desde el día siguiente a los 12 meses, con el tipo anual editable (4,0625 % en 2026).
Exportar el cálculo a CSV
Guarda las diez cifras y las fechas en un CSV para el expediente del cliente (versión completa).
Aviso antes de la fecha límite
Programa un recordatorio del navegador antes de la fecha límite de pago del recargo (versión completa).

Abrir la herramienta completa → getreadystack.com