Multa por presentar fuera de plazo una declaración sin ingreso
Artículo 198 LGT: 20 € por persona declarada (mínimo 300 €, máximo 20.000 €), 400 € censales, 200 € autoliquidaciones sin ingreso; la mitad sin requerimiento y un 25 % menos por pronto pago
Días de retraso
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días
Multa completa (artículo 198.1)
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Multa a la mitad sin requerimiento (artículo 198.2)
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Reducción del 25 % por pronto pago
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Multa en tu caso
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Multa si esperas al requerimiento
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Ahorro por adelantarte
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Multa fija del artículo 198 LGT Aplica 20 € por persona o entidad que debía figurar en la informativa (mínimo 300 €, máximo 20.000 €), 400 € a las censales 036/037 y 200 € a las autoliquidaciones sin ingreso.
La mitad si te adelantas Divide la multa y sus límites entre dos cuando presentas fuera de plazo sin requerimiento previo (artículo 198.2 LGT): 10 € por persona, mínimo 150 €, máximo 10.000 €.
Reducción del 25 % por pronto pago Descuenta el 25 % del artículo 188.3 LGT si pagas la multa en plazo y no recurres, y compara el resultado con la multa si esperas al requerimiento.
Fuente: Ley 58/2003 General Tributaria Fuente: artículos 198 y 188.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE, texto consolidado vigente en 2026). Plazo del modelo 347 de 2026: hasta el 2 de marzo de 2026 (Agencia Tributaria).
Exportar el cálculo a CSV Guarda las siete cifras y las dos fechas en un CSV para el expediente del cliente (versión completa).
Aviso antes del fin de plazo Programa un recordatorio del navegador antes del fin de plazo del siguiente modelo (versión completa).