Artículo 198 LGT: 20 € por persona declarada (mínimo 300 €, máximo 20.000 €), 400 € censales, 200 € autoliquidaciones sin ingreso; la mitad sin requerimiento y un 25 % menos por pronto pago
| Días de retraso | — | días |
|---|---|---|
| Multa completa (artículo 198.1) | — | € |
| Multa a la mitad sin requerimiento (artículo 198.2) | — | € |
| Reducción del 25 % por pronto pago | — | € |
| Multa en tu caso | — | € |
| Multa si esperas al requerimiento | — | € |
| Ahorro por adelantarte | — | € |
Esta pagina es la pieza que ya funciona. El paquete completo incluye todo lo siguiente.
Artículo 198 LGT: 20 € por persona declarada (mínimo 300 €, máximo 20.000 €), 400 € censales, 200 € autoliquidaciones sin ingreso; la mitad sin requerimiento y un 25 % menos por pronto pago
Una gestoría presencial para autónomos cuesta entre 80 € y 159 € al mes en 2026 (comparativa de precios de gestoría de Billeo).
Comprar la versión completa — $60· ReadyStack
Números reales de esta herramienta, línea por línea.

Un 347 con 40 personas declaradas, plazo cerrado el 2 de marzo de 2026 y presentado el 30 de septiembre sin requerimiento cuesta 300 € de multa: lo calculamos para gestorías, asesores fiscales y autónomos en España que descubren una declaración olvidada. Si esa misma pyme espera a que la Agencia Tributaria le escriba, la multa sube a 600 €.
Cuando una autoliquidación con cuota se presenta tarde, el artículo 27 de la Ley General Tributaria cobra un recargo del 1 % más un 1 % por cada mes completo. Ese cálculo lo hacen muchas calculadoras gratuitas. Pero el 347, el 349, el 190, el 180 o el 193 no llevan cuota: son declaraciones informativas. Un alta o modificación censal 036 o 037 tampoco. Y un 303 a compensar o a devolver no ingresa nada. Sin cuota no hay porcentaje que aplicar, así que el recargo no existe. Lo que existe es la infracción del artículo 198: una multa fija.
La multa no crece con los días. Presentar el 347 con un día de retraso o con 212 días de retraso cuesta lo mismo. Lo único que cambia la cifra es quién llega primero: tú o el requerimiento.
Estas son las siete salidas de la herramienta con el caso por defecto (informativa, 40 personas, fin de plazo 2026-03-02, presentada 2026-09-30, sin requerimiento, pronto pago):
| Salida | Importe |
|---|---|
| Días de retraso | 212 |
| Multa completa (198.1) | 800 € |
| Multa a la mitad (198.2) | 400 € |
| Reducción del 25 % por pronto pago | 100 € |
| Multa en tu caso | 300 € |
| Multa si esperas al requerimiento | 600 € |
| Ahorro por adelantarte | 300 € |
Una censal 036 presentada tarde después de recibir el requerimiento, sin pronto pago, se queda en los 400 € completos. Un 303 a compensar presentado 72 días tarde, por tu cuenta y pagando en plazo, baja a 75 €. Y un 190 con 1.500 perceptores choca con el tope: 20.000 € si llega el requerimiento, 10.000 € si te adelantas y 7.500 € con el pronto pago; si pagas en plazo tras el requerimiento, serían 15.000 €. La diferencia entre presentar hoy y esperar son 7.500 €.
Eliges el tipo de declaración, escribes cuántas personas o entidades debían figurar (sólo para informativas), las dos fechas, si ya ha llegado un requerimiento y si pagarás en plazo. La extensión devuelve las siete cifras en el navegador, sin enviar tus datos a ningún servidor. Si la fecha de presentación no supera el fin de plazo y no hay requerimiento, la multa es 0 €.
Todo el cálculo es gratis, sin clave y sin límite de usos, en Chrome, Edge, Firefox o en la página web. La versión completa añade dos cosas que el cálculo no necesita: exportar el resultado a CSV para el expediente del cliente y programar avisos antes de cada fin de plazo.
Fuente: artículos 198 y 188.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, texto consolidado vigente en 2026. Plazo del 347 de 2026: hasta el 2 de marzo de 2026, según la Agencia Tributaria.
Calcula la multa fija del artículo 198 de la Ley General Tributaria por presentar tarde una declaración sin ingreso: una informativa como el 347, el 349 o el 190, una censal 036 o 037, o una autoliquidación a compensar o a devolver. Con el modelo, las personas declaradas, las fechas, el requerimiento y el pronto pago devuelve la multa en tu caso y el ahorro por adelantarte.
Para gestorías, asesores fiscales, autónomos y administradores de pymes en España que descubren fuera de plazo un modelo 347, 349, 190, 180 o 193, un alta o modificación censal 036 o 037, o un 303 sin ingreso. Sirve para decidir en un minuto si conviene presentar hoy mismo, antes de que la Agencia Tributaria envíe un requerimiento.
Las calculadoras gratuitas de recargos aplican el 1 % más 1 % por mes del artículo 27, que sólo existe cuando hay cuota que ingresar. Una informativa o una declaración sin ingreso no genera recargo sino una multa fija: 20 euros por persona declarada con mínimo de 300 euros, que baja a la mitad si presentas antes del requerimiento y otro 25 % si pagas en plazo.
Las siete cifras se calculan gratis, sin clave y sin límite de usos, en la extensión y en la página web: días de retraso, multa completa, multa a la mitad, reducción del 25 %, multa en tu caso, multa si esperas al requerimiento y ahorro. La clave de $60, un pago único, sólo se pide al exportar el cálculo a CSV y al programar avisos de fin de plazo.
Una gestoría presencial para autónomos cuesta entre 80 € y 159 € al mes en 2026 según la comparativa de precios de Billeo, y la presentación del 347 suele cobrarse como servicio extra. La extensión resuelve la cifra de la multa en un minuto, en el navegador, y deja las fechas y los importes a la vista para justificar la decisión ante el cliente.
Una pregunta, respondida por quien la construyó. Email solo si quiere la respuesta por correo.